Si bien no todos los Reglamentos de Copropiedad y Administración tienen prevista la integración de un Consejo de Administración, hoy en día la mayoría de los Consorcios lo tienen incorporado a través de sus Asambleas.- Por lo expuesto nuestra Administración, trabaja conjuntamente con los mismos, ya que estos son el órgano de fiscalización de la Administración, y como lo establece el INSTITUTO ARGENTINO DE NORMALIZACION, los Consejos de Administración ejercen las siguientes funciones:

1. DE COLABORACION: Servir de nexo entre Propietarios y Administracion.-

2. DE ASESORIA: Analizar, aconsejar y guiar.-

3. DE CONTROL: Examinar, evaluar y revisar.-

 

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